Localizan una fosa con fusilados de la Guerra Civil en el cementerio

Una prospección con georadar confirma la existencia de una zanja de unos 30 metros de largo por 2,5 de profundidad en los que se depositarían entre 100 y150 cadáveres

M. Ángeles Costa, Aguilar de la Frontera | Actualizado 29.04.2008 – 10:27

Lo que era una certeza oficiosa, la existencia de fosas comunes en el cementerio de Aguilar con represaliados de la Guerra Civil, se ha confirmado oficialmente a través de los trabajos de prospección con georadar que se han llevado a cabo a iniciativa de la asociación local para la recuperación de la memoria histórica Aremehisa. Según el presidente del colectivo, Rafael Espino, el informe técnico remitido por la empresa Cóndor Georadar ha determinado que en los 3.000 metros cuadros de terreno sobre los que se pasó el detector se encuentra una fosa de al menos 30 metros de largo y 2,5 de profundidad, «sin que se haya podido precisar la anchura».

La decisión de rastrear el terreno del camposanto aguilarense se ha adoptado ahora, según el presidente de Aremehisa, porque el Ayuntamiento inició unas obras de edificación de nichos en el recinto, «que se estaban aproximando al lugar donde preveíamos que estaban ubicadas las fosas, de ahí que quisiéramos ratificar su existencia para evitar que se efectuaran construcciones sobre este terreno». La financiación de estas labores de búsqueda las asume el Ayuntamiento con una subvención al colectivo de 1.500 euros.

Para la localización de estos enterramientos comunes ha sido decisivo y fundamental el testimonio de Manuela Molina, una mujer de 88 años que en aquella época, cuando tan sólo contaba con 16 años, presenció el horror de los fusilamientos. «Yo los veía desde la viña de mi abuelo en la que nos habíamos refugiado mi madre y mis hermanos. Por la noche, cuando escuchábamos los tiros, mi abuelo y yo salíamos de la casilla y escondidos detrás de unos árboles observábamos lo que hacían», relata Manuela, quien confiesa que aquellas imágenes «me han marcado toda mi vida». Sin embargo, esta octogenaria, presa del miedo, no había contado hasta ahora todo lo que guardaba en su memoria. De hecho, aún hoy esta vecina de Aguilar pregunta si «¿no me pasará nada, verdad?». Y es que la propia Manuela Molina estuvo «escondida varios meses en un melonar, porque me buscaban a mí como la mayor de mis hermanos, ya que a mi padre, que se fue al bando rojo, no lo encontraban».

De donde Manuela indicó que se encontraban las fosas a donde finalmente hay constancia de al menos una «ha habido una diferencia de un metro más o menos», señala Espino, elogiando la precisión de la señora. En los próximos días, el georadar revisará de nuevo el suelo del cementerio aguilarense para intentar detectar la existencia de una segunda fosa, pues eran dos las que, según Molina, existían.

Desde Aremehisa se estima que en la fosa pueda haber «entre 100 y 150 personas o incluso más», asegura el presidente de Aremehisa, quien dispone de un listado con 180 nombres, víctimas de la represión franquista en Aguilar. «En estas fosas reposa parte de la historia de nuestras familias, que se quedó quebrada hace más de 70 años», argumenta Espino, quien perdió a cinco de sus antepasados. La asociación también tiene constancia de que en Aguilar se fusilaron a personas de localidades cercanas como Monturque, de donde eran 10, y otras cuatro de Puente Genil, Montemayor y Fernán Núñez.

Una vez confirmada la existencia de esta fosa, la idea de Aremehisa es la exhumación, «pero será algo que tendremos que decidir con los familiares, la asociación y el propio Ayuntamiento», comentó Espino, quien añadió que «queremos que estas personas tengan una sepultura digna y que quede testimonio de lo que fue la represión».

ENCONTRADA UNA DE LAS DOS GRANDES FOSAS COMUNES DE LA GUERRA CIVIL EN AGUILAR DE LA FRONTERA (CÓRDOBA)

Los trabajos de inspección con georadar realizados a comienzos de este mes en el cementerio de Aguilar de la Frontera (Córdoba), para localizar el emplazamiento y ubicación de dos grandes fosas en forma de trincheras de la guerra civil, donde se encuentran los restos de mas de un centenar de personas fusiladas en esta localidad, han localizado una de estas dos grandes fosas.

Emplazada en el mismo limite del inicio de las trabajos, comenzados gracias al testimonio de Manuela Molina, testigo presencial de los hechos acaecidos en el año 1936, en este cementerio, esta fosa, tiene mas de treinta metros de longitud, y entre dos metros y medio y tres de profundidad, el ancho de la misma, no ha podido ser determinado, al quedar fuera del radio de alcance del georadar.

Para determinar completamente su tamaña real, así como localizar la otra fosa existente, en esta misma semana proseguirán los trabajos de inspección de georadar, realizados por la empresa CONDOR GEORADAR.

Se ha localizado también un enterramiento colectivo, el cual se inspeccionara con esta técnica, a través de otro testimonio directo, donde según parece se encuentran los restos de al menos otros seis fusilados.

Luis Avial, dirige la inspección del georadar, acompañada siempre por miembros de AREMEHISA la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Aguilar de la Frontera (Córdoba).

Su presidente Rafael Espino Navarro, asegura que las entrañas de la tierra comienzan a devolver a sus propietarios la memoria, que durante mas de siete décadas han guardado, esperando que llegase este momento.

PROPOSICIóN DE (NUEVA) LEY DE RECONOCIMIENTO DE TODAS LAS VíCTIMAS DEL FRANQUISMO.
Proposición de Ley de reconocimiento de todas las víctimas de la dictadura que modifica la ley de impunidad de los crímenes franquistas.
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES. CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
IX LEGISLATURA
Serie B: PROPOSICIONES DE LEY / 22 de abril de 2008
Núm. 57-1

PROPOSICIÓN DE LEY

122/000042 Proposición de Ley de reconocimiento de todas las víctimas de la dictadura y de recuperación de la Memoria Histórica.

Presentada por el Grupo parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.

Exposición de motivos
La presente Proposición de Ley tiene como principal objetivo la modificación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían los derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, a fin de alcanzar el reconocimiento de todas las víctimas de la dictadura que hasta el momento no han obtenido su justo reconocimiento y reparación. Por otro lado, también se pretende la recuperación de la memoria histórica de la II República y de la represión franquista, que la propia dictadura y la amnesia de la transición tergiversó y escondió.

Reconocimiento de todas las víctimas
En la anterior Legislatura se aprobó la Ley 52/2007 sin cumplir con las expectativas de las personas y organizaciones que reclamaban una Ley de memoria histórica. Efectivamente, como bien dice su título, se reconocen y amplían derechos a quienes sufrieron persecución o violencia durante la guerra y la represión franquista. Pero ni se reconoce a todas las personas represaliadas, ni se les otorga la condición jurídica de víctimas. Al mismo tiempo, se obvia la calificación de Crímenes contra la Humanidad para aquellos realizados impunemente por el franquismo, no se retiran las distinciones otorgadas a los criminales por serlo, ni siquiera se anulan las sentencias que tribunales absolutamente ilegítimos dictaron, como la del President de Catalunya, Lluís Companys i Jover. Tampoco se reconoce la restitución del patrimonio, los documentos y el papel moneda incautado a personas e instituciones. Finalmente, el Estado no asume siquiera el deber que tiene de asumir su responsabilidad con las víctimas, tanto pidiendo perdón como ejerciendo el deber que tiene para la localización e identificación de las víctimas abandonadas en fosas.

Es, pues, necesaria y urgente una modificación de la Ley 52/2007 para el reconocimiento y reparación de todas las víctimas, la aplicación de la doctrina de Naciones Unidas sobre los Crímenes contra la Humanidad y la asunción del Estado de sus responsabilidades con las víctimas.

Recuperación de la Memoria Histórica Republicana
Después de siglos de caciquismo político y de una década de dictadura, con la connivencia de la Monarquía, la Iglesia y el Ejército, la proclamación de la II República española el 14 de abril de 1931 supuso una época de democratización del Estado español y sus poderes públicos y de progreso social.

La II República, instaurada legítima y democráticamente por la voluntad popular que otorgan las urnas, supuso una gran transformación política y social, que supondría el embrión del actual Estado democrático, social y de Derecho.

Las más importantes transformaciones políticas fueron el reconocimiento del sufragio universal (por fin se reconoce el derecho de voto de la mujer) y el referéndum, el reconocimiento de la pluralidad territorial del Estado con la consiguiente descentralización y elaboración de Estatutos de las nacionalidades históricas, la separación Iglesia-Estado, la reforma militar o la instauración del Tribunal de Garantías Constitucionales (precedente del actual Tribunal Constitucional).

A nivel social, hay que destacar la abolición de los privilegios sociales, las reformas en la propiedad de la tierra, la protección de la infancia, la protección social de las clases trabajadoras, la reducción de la jornada laboral, la universalización, gratuidad y laicidad de la enseñanza primaria, la independencia y garantías judiciales, la instauración del matrimonio civil y el divorcio.

No obstante, la continuación de las reformas políticas y sociales por las cuales la ciudadanía apostó legítimamente en las urnas, después de dos años de contrarreformas, fueron interrumpidas por la fuerza en un golpe militar que a la postre derrocó al legítimo régimen republicano.

El derrocamiento de la República conllevó la instauración de una dictadura represiva que a nivel político supuso la aniquilación de las instituciones republicanas, el pluralismo político y las reformas de modernización estatal. Más allá de eso, el nuevo régimen condenó al ostracismo y la ilegalidad los símbolos republicanos desde la moneda a la bandera, pasando por el escudo y el himno.

La recuperación de la democracia, que fue abolida por el golpe militar y la dictadura, no ha conllevado el reconocimiento del legítimo régimen republicano como sistema democrático que modernizó el Estado español y reconoció los derechos y libertades de que gozamos hoy y que instauraría definitivamente la Constitución Española actual.

Como el proceso de transición a la democracia no fue rupturista y el desalojo de los afectos al régimen dictatorial de los poderes tácticos se ha ido produciendo gradualmente, se ha instaurado en los poderes políticos de la actual democracia la idea de que no había que recuperar la memoria histórica por temor a que estos poderes se rebelaran. No obstante, tres décadas después de la muerte del dictador y con un Estado de democrático y de Derecho plenamente consolidado, este miedo ya no existe y ha llegado el momento no sólo de recuperar la propia historia, sino de reconocer el valor reformista y democrático de la etapa republicana.

En este sentido, se considera de justicia el establecimiento del día õ4 de abril como Día de la Memoria Republicana en conmemoración de las personas y la lucha que conquistó pacíficamente y por primera vez en la Historia del Estado las libertades que hoy reconoce la Constitución de 1978.

Artículo 1. Objeto de la Ley.
La presente ley tiene como objeto la recuperación de la Memoria Histórica de la II República Española y la dictadura franquista y el reconocimiento a todas las personas, organizaciones y Estados que apoyaron la lucha por la democracia y contra la dictadura. A tal fin, esta ley tiene los siguientes fundamentos:

a) la aplicación de la doctrina de las NNUU sobre los Crímenes contra la Humanidad a los cometidos sistemáticamente por la Dictadura franquista.

b) Reconocer el derecho inalienable a la verdad y el deber de recordar por parte del Estado establecidos por la ONU.

c) Reconocer jurídica y moralmente la condición de víctimas a todas las personas físicas y jurídicas que sufrieron persecución y muerte, y restituir moral y materialmente a todas las personas, instituciones públicas, organizaciones y entidades de todo tipo que fueron perseguidas y represaliadas, y que hasta el momento no han obtenido su justo reconocimiento y reparación.

d) Reconocer la II República española como un Estado democrático y de derecho, precursor del presente sistema político.

e) Recuperar la memoria histórica de la II República y la represión franquista, que ha sido manipulada, silenciada, olvidada o no estudiada y difundida en profundidad.

Artículo 2. Modificación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían los derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

Se modifica la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían los derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura en los siguientes términos:

1. Se modifica la exposición de motivos, que tendrá el siguiente redactado:
«El 18 de julio de 1936 un grupo de oficiales, jefes y generales del ejército español, encabezados por el General Franco, se sublevaron contra sus mandos y contra el Gobierno de la República. Los insurrectos sometieron a los mandos fieles a la democracia a Consejo de Guerra, los condenaron por el delito de rebelión militar y fusilaron a millares. Esta insurrección recibió la ayuda militar de la Italia fascista y de la Alemana nazi y se convirtió en la Guerra Civil de 1936-1939 en la cual continuaron las atrocidades contra las personas y las instituciones democráticas.

Durante la II Guerra Mundial, el régimen militar del General Franco se alineó con Hitler y Mussolini, a pesar de no llegar a ser parte beligerante. En estos años, se calcula que se produjeron unos 200.000 fusilamientos; más de medio millón de ciudadanos españoles se tuvieron que exiliar, 12.000 de los cuales cayeron en manos de los nazis, aliados del franquismo, y fueron desposeídos de la nacionalidad española, razón por la cual fueron a parar a campos de exterminio nazi como el de Mauthausen con la calificación de “apátridas”; cerca de un millón de exiliados republicanos en el exterior y de ciudadanos españoles en el interior fueron internados en campos de concentración; después las prisiones sustituyeron a estos centros; cientos de miles de personas fueron depuradas y apartadas de sus cargos públicos: maestros, administrativos, médicos, etc. Sólo la muerte del General Franco puso fin a décadas de persecución de los luchadores por la libertad; pocas antes, sin embargo, Franco todavía mandaba ejecutar a los últimos cincos fusilados de la Dictadura.
Reducir a las víctimas de una de las persecuciones más crueles de la historia europea a simples individuos que sufrieron persecución o violencia durante la Guerra Civil es una vileza contraria a la doctrina de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos. Todos los hechos que constituyen la persecución contra los demócratas, llevada a cabo por el régimen militar, solamente se pueden calificar como “Crímenes contra la Humanidad”. El ordenamiento jurídico que amparó aquella persecución y que provocó aquellas víctimas forma parte integrante e indestriable de los “Crímenes contra la Humanidad”.

Desgraciadamente, la historia de todas las naciones y de la Humanidad entera está llena de períodos en los que gobiernos ilegítimos han establecido leyes y ordenamientos jurídicos y han organizado fuerzas armadas destinadas a cometer crímenes horribles contra la población a la que tenían que proteger. El fascismo y el nazismo llegaron a unos extremos inauditos de crueldad sistemática que conmovieron hondamente las naciones civilizadas. Para condenar estos hechos sistemáticos, fruto de la acción y la organización de un Gobierno, que por su gravedad y amplitud ofenden la conciencia de la Humanidad entera, la comunidad de naciones civilizadas creó, después de la II Guerra Mundial, una legislación internacional específica que comenzó con los Juicios de Nuremberg. Se creó entonces la figura jurídica de “Crímenes contra la Humanidad”, que complementa la noción de Crímenes de Guerra y de Crímenes contra la Paz. Todo ello con la intención que estos crímenes no se reprodujeran.

“Nunca Más” es el lema más aceptado de todas las asociaciones de víctimas de la persecución de los regímenes totalitarios. Una de las medidas instauradas con esta finalidad ha sido establecer que estos crímenes no puedan quedar impunes y que sean imprescriptibles.

La Transición española se caracterizó en el llamado período “preconstitucional”, que va de la muerte del Dictador a la publicación de la Constitución de 1978, por el mantenimiento de la legislación franquista y de personas en lugares clave del poder que habían estado al servicio del conjunto de administraciones adscritas a la persecución de los defensores de la libertad.

En este contexto, los principios de la legislación internacional sobre derechos humanos, y concretamente las convenciones contra la impunidad de los Crímenes contra la Humanidad, no se pudieron aplicar. En este período preconstitucional se aprobaron leyes contrarias a esta legislación internacional como la Ley de Amnistía de 15 de octubre de 1977, en la que la “legalidad franquista” perdona a los demócratas los “delitos cometidos según la legislación de la Dictadura. A la vez, amnistía, en una verdadera ley de «Punto Final», a todos los funcionarios, autoridades y personal que hubiesen cometido actos contra los derechos humanos. Hay que tener presente que en aquel momento regía la Ley de Reforma Política y no estaba nada claro que se redactara una nueva Constitución, pues las elecciones de 15 junio de 977 no fueron convocadas como constituyentes.

La Constitución de 1978, a pesar de haber sido redactada bajo las presiones de los renombrados «poderes fácticos», incardinó el Reino de España en la legislación internacional sobre Derechos Humanos al establecer que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades tenían que adecuarse a la Declaración Universal de Derechos Humanos y a los Tratados y los Acuerdos Internacionales sobre estas materias ratificados por España (art. 10.2). La extraña ambivalencia jurídica del período preconstitucional se había acabado y se estableció la doctrina internacional sobre Derechos Humanos que establece que los Crímenes contra la Humanidad no deben quedar impunes.

En aplicación de esta participación en la legislación internacional, la Justicia española dictó una orden de detención contra el General Pinochet.

Sin duda, a la luz de los tratados y convenios sobre Derechos Humanos, la Ley de Amnistía y Punto Final de 15 de octubre de 1977 es contraria a la Constitución de 1978.

Ha habido otros países, como en el Estado Español, en los que no ha sido posible la condena penal de los responsables de Crímenes contra la Humanidad, como Sudáfrica y varios países de Iberoamérica. Sin embargo, dada la trascendencia que tiene para la convivencia democrática que se establezcan de manera diáfana la verdad de los hechos y las responsabilidades de todos los individuos como fundamento del consenso básico del Estado, en la mayoría de estos países se han creado Comisiones de la Verdad y la Reconciliación. Lo que buscaban estas Comisiones, en las que se establecían con la máxima exactitud posible los hechos y sus responsables, era el efecto de la más profunda reconciliación moral entre las partes hasta entonces enfrentadas.

En el período «preconstitucional», las víctimas de los crímenes del franquismo fueron ignoradas; de hecho, estaban tan aterrorizadas que ya se conformaban con sobrevivir, salir de las prisiones o regresar del exilio. Se establecieron algunas compensaciones económicas para algunos colectivos de represaliados. Sin embargo, nunca se reconoció su carácter de víctimas, ni nunca se calificaron jurídicamente la legislación, los gobernantes que la habían impulsado y sus ejecutores de acuerdo con la legislación internacional de Derechos Humanos.

Se optó por el olvido y la ignorancia histórica. Esta actitud ha tenido graves repercusiones en los estratos más profundos de la conciencia democrática de los pueblos del Estado Español: ha supuesto el triunfo del relativismo moral a la hora de juzgar a los gobernantes y ha minado los mínimos éticos exigibles en las relaciones entre los ciudadanos, la ley y los gobernantes. La gran parte de la crisis de los valores democráticos actuales se debe al olvido y a la ignorancia histórica. Porque los mejores ejemplos de actitudes personales de civismo, de abnegación para con la sociedad, de amor a la cultura y a las libertades se hallan en aquellos hombres y mujeres que, hoy día, siguen jurídicamente acusados de traición, rebelión, criminales, etc. Y, de muchos de ellos, sus familias no saben ni dónde se encuentran sus restos.

Una segunda consecuencia de la impunidad penal y del olvido histórico de los crímenes del franquismo es el «revisionismo histórico», que niega los crímenes contra la Humanidad del fascismo o que los sitúa al mismo nivel que los crímenes o la persecución religiosa que se cometieron en la zona republicana, pero no por el Estado democrático, sino por elementos descontrolados. Y este descontrol fue producto de la rebelión militar que privó al Estado de Derecho republicano de los elementos de fuerza y coactivos que la ley pone en manos de los poderes públicos. Este «revisionismo histórico» ha hecho posible el crecimiento electoral de un partido político, fundado y presidido por una persona que ocupó un alto cargo en la Dictadura, que formaba parte del Consejo de Ministros que daba el visto bueno a fusilamientos de personas por sus ideas políticas y que era el responsable de orden público en los hechos de Vitoria de 1976.

Esta situación no se da en ningún estado democrático de Europa e indica la profunda malformación del fondo democrático del Estado español. Hoy las fuerzas que participan del «revisionismo histórico» tienen un gran protagonismo en órganos decisivos del Estado y dominan importantes medios de comunicación, en un escenario que tiene un gran paralelismo con el de Chile antes de los procesamiento del General Pinochet, situación que a medida que la verdad ha ido demostrando la catadura moral del personaje, ha reducido progresivamente el apoyo ciudadano de que gozaba.

No se puede demorar más la aplicación de la Doctrina de las Naciones Unidas sobre los Crímenes contra la Humanidad a los cometidos de manera sistemática por la Dictadura franquista. No se puede continuar con la ambivalencia del período preconstitucional en el que la legalidad franquista perdonaba a los demócratas. La legislación anterior a la publicación de la Constitución de 1978 no era propia de un Estado de Derecho como ha reconocido el Tribunal Supremo en la Sentencia 2000/511 cuando afirma: “Es evidente la situación coactiva y de omisión de Estado de derecho que prevaleció en España hasta la publicación de la Constitución Española en fecha de 29-12-1978″.

Las iniciativas legislativas presentadas hasta el momento por el Gobierno español al tratar de reparar moralmente a las personas perseguidas y sus familiares tiene más que ver con la ambigüedad legal del período preconstitucional, que no con la legislación internacional que ha suscrito el Estado Español de acuerdo con el que establece el artículo 10.2 de la Constitución Española. Los hechos gravísimos, que devinieron en el período más sanguinario y oscuro de una historia española plagada de guerras y represión, son escondidos y edulcorados y se evita sistemáticamente tratarlos como atentados a los derechos humanos y como Crímenes contra la Humanidad. Se continúa con la ambigüedad preconstitucional sobre la vigencia de la legislación franquista como si la legalidad constitucional debiera respetar la obra legislativa represiva del régimen militar. De acuerdo con este tratamiento, no se reconoce en ningún artículo de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían los derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, la naturaleza de víctimas a los fusilados, encarcelados, torturados, exiliados, depurados y otras personas que sufrieron persecución o violencia. A las víctimas de los crímenes franquistas y a sus familiares se les ofende cuando se ofrece una reparación moral establecida por un Consejo de cinco personalidades, cuando continúan constando como traidores, rebeldes o criminales en las actas de unos Consejos de Guerra o del Tribunal de Orden Público que no son impugnados y anulados. El anonimato de las personas que participaron en las farsas jurídicas que supusieron la muerte y la prisión de cientos de miles de compatriotas también son contraria al Derecho Internacional sobre Derechos Humanos.

Por otro lado son insuficientes las disposiciones adscritas al conocimiento del que podemos nombrar como Holocausto español. En la mayor parte de los países de Europa, el conocimiento de los hechos comprobados, como son los campos de concentración y exterminio, está integrado en el currículo escolar obligatorio. Esta cultura de los efectos del totalitarismo ha sido la baza de la reconciliación de las naciones europeas después de siglos de guerras y de períodos cíclicos de oscurantismo totalitario. La Unión Europea de hoy se fundamenta en los valores democráticos aprendidos desde la infancia en la constatación de los efectos nefastos de los regímenes totalitarios.»

2. Se añaden unos nuevos puntos 4 y 5 al artículo 2 con el siguiente redactado:
«4. Finalmente, se reconoce cualquier perjuicio económico o patrimonial sufrido por personas físicas o jurídicas.
5. En virtud de la imprescriptibilidad de los Crímenes contra la Humanidad, reconocida por el Derecho Penal Internacional, el Gobierno dará apoyo económico y jurídico a las reclamaciones que por este motivo formulen ciudadanos, entidades o instituciones por los delitos cometidos durante la Dictadura franquista.»

3. Se añaden unos nuevos puntos 4 y 5 al artículo 3:
«4. Se declaran anuladas las siguientes sentencias:
a) Las sentencias dictadas en Consejos de Guerra desde el 18 de julio de 1936 por delito de rebelión, adhesión a la rebelión o similares previstas en el artículo 237 del Código de Justicia Militar vigente durante la guerra civil española de 1936-1939, de acuerdo con el bando de declaración de estado de guerra de 28 de julio de 1936.
b) Las sentencias dictadas en Consejos de Guerra por motivos políticos en base a las leyes de 29 de marzo de 1941, de reforma del código penal de delitos contra la seguridad del Estado; Ley de 2 de marzo de 1943, de modificación del delito de Rebelión Militar; Decreto Ley de 18 de abril de 1947, de definición y represión de delitos de «bandidaje y terrorismo»; Ley de 30 de julio de 1959, de Orden público; Ley de 21 de septiembre de 1960, de refundición de la Ley de 2 de marzo de 1943 y el DL de 18 de abril de 1947, sobre rebelión militar y “bandidaje y terrorismo”, hasta el 27 de diciembre de 1978.
c) Las sentencias dictadas por el Tribunal de Orden Público, creado de acuerdo con la Ley 154/63, de 2 de diciembre de 1963, de creación del Tribunal de Orden Público y disposiciones concordantes.
d) Las sentencias dictadas por los tribunales de responsabilidades políticas en base a la Ley de 9 de febrero de 1939 y disposiciones concordantes.
e) Las sentencias dictadas por el denominado Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo en base a la Ley de 1 de marzo de 1940 hasta su disolución en 1963.
5. Las certificaciones de nulidad de las sentencias referidas en el punto anterior serán emitidas, a solicitud de los cónyuges, parejas o familiares o herederos de los penados, por:
a) Las sentencias de los apartados a) y b), por los secretarios de los Tribunales Militares a quien correspondiera la competencia de dichas causas
b) Las sentencias de los apartados c) y e), por los secretarios de la Audiencia Nacional
c) las sentencias del apartado d), por los secretarios de las Salas penales de los respectivos Tribunales Superiores de Justicia del territorio donde se dictaron.»
4. Se añade un nuevo artículo 3.bis con el siguiente redactado:
«Artículo 3.bis. Reconocimiento de la condición de víctima y del derecho a reparación.
1. Se reconoce la condición de víctima, con derecho a reparación jurídica, moral y económica, a todas las personas que sufrieron ejecuciones, penas, sanciones, detenciones, torturas, exilios, destierros, depuraciones, perjuicio económico o patrimonial y cualquier otra forma de represión sufrida por personas físicas o jurídicas, ya que son manifiestamente injustas por contrarias a los Derechos Humanos y a las libertades que constituyen el fundamento del orden constitucional hoy vigente y son la base de la convivencia de la sociedad.
2. La reparación a que se refiere este artículo conllevará además la obligación del Gobierno de restituir los bienes inmuebles, dinero y otros valores, bienes muebles y archivos documentales, requisados a las personas físicas o jurídicas, entidades o instituciones, a cuyo favor se reconozca la reparación, o a sus herederos, cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad.
3. El procedimiento de devolución se deberá establecer legalmente mediante la restitución del bien o su compensación en su valor económico en la actualidad.
4. El reconocimiento a la reparación se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” para su general conocimiento.»
5. Se modifica el título del artículo 8 y se añade un nuevo punto 2, con el siguiente redactado:
«Artículo 8. Exención de tributación de las indemnizaciones.
2. Se añade un apartado al artículo 7 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2004, con el siguiente redactado:
“v) Las reparaciones económicas de las víctimas de la Guerra Civil, la dictadura franquista y la lucha por las libertades democráticas”.»
6. Se modifica el título y el punto 1 del artículo 10 que quedará redactado de la siguiente manera:
«Artículo 10. Reconocimiento de todas las personas fallecidas en defensa de la democracia.
1. Se reconoce el derecho a una indemnización por una cuantía de 135.000 euros, a las personas beneficiarias de todas quienes fallecieron por la represión franquista en su lucha en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos hasta el 27 de diciembre de 1978.»
7. Se añade un artículo 10.bis con el siguiente redactado:
«10.bis. Reconocimiento de la lucha armada antifranquista.
1. Se reconoce la labor de las organizaciones armadas antifranquistas en contra de la dictadura y a favor de la restauración de la legalidad democrática.
2. Se establecerá reglamentariamente un procedimiento para que se reconozca jurídica y moralmente a todas las personas que formaron parte de las distintas organizaciones armadas antifranquistas, y se les otorgará la indemnización económica y los beneficios sociales que les correspondan de acuerdo con los cuantías y compatibilidades establecidos en los artículos 3 y 4 de la Ley 3/2005, de 18 de marzo.»
8. Se modifica el título del artículo 11, al que se le añaden tres puntos, 1,2 y 5, pasando los anteriores puntos 1 y 2 a ser 3 y 4:
«Artículo 11. Deber de la Administración General del Estado de localización e identificación de víctimas.
1. La Administración General del Estado procederá a localizar las fosas comunes de las personas desaparecidas violentamente en la guerra civil o en la represión política posterior, así como a la identificación y, en su caso, a la exhumación de los restos humanos que contengan, atendiendo a un rigor científico y con las máximas garantía de preservación de los derechos tanto de las víctimas como de sus familiares, así como de asegurar la conservación de los objetos que se puedan encontrar por valor histórico.
2. Los trabajos a que se refiere el párrafo anterior serán asumidos por aquellas Comunidades autónomas que lo soliciten expresamente, mediante convenio con la Administración General del Estado y con cargo a los presupuestos generales.»
«5. Todos los gastos derivados de los trabajos de localización e identificación de víctimas serán asumidos por el Estado español, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.»
9. Se añade un punto 5 al artículo 13 con el siguiente redactado:
«5. Los cementerios que acojan los restos inhumados referidos en el punto anterior, colocarán una placa recordatoria en honor de las víctimas.»
10. Se modifica el punto 3 del artículo 14, que será redactado de la siguiente manera:
«3. En el caso de los terrenos de titularidad privada, las Administraciones Públicas, los descendientes o las organizaciones legitimadas de acuerdo con el apartado anterior, deberán solicitar el consentimiento de los titulares de derecho afectados sobre los terrenos en los que se hallen los restos. Si no se obtuviere dicho consentimiento, las Administraciones Públicas autorizarán la ocupación temporal.»
11. Se modifica el título del artículo 15 al que se le añade un nuevo punto 5:
«Artículo 15. Símbolos, nombramientos, distinciones, títulos honoríficos y monumentos públicos franquistas.
5. Por parte de las instituciones públicas, se procederá en el plazo de un año a revisar e invalidar todas las distinciones, nombramientos, títulos honoríficos y demás formas de exaltación de personajes ligados al régimen franquista, procediéndose en dicho plazo a realizar las diligencias oportunas que lo certifiquen, así como a la retirada de placas y todo tipo de referencias a la concesión de dichas distinciones.»
12. Se añade un artículo 15.bis con el siguiente redactado:
«Artículo 15.bis. Museos de la Memoria.
1. Se procederá a señalizar los centros penitenciarios, los campos de concentración o centros de detención, estableciendo un plan de protección y museización de los más significativos, con el objetivo de que sean testimonio del horror de la represión franquista.
2. Estos edificios o conjuntos se protegerán de acuerdo con la normativa de patrimonio histórico o cultural del Estado o de las respectivas comunidades autónomas a quienes corresponda.
3. También se señalizará con indicadores y plafones documentales las grandes obras públicas realizadas en la posguerra con el trabajo forzado de los prisioneros, así como aquellos espacios en donde se hubiesen localizado fosas comunes o tuvieran relevancia por los hechos históricos acaecidos en ellos.
4. La financiación de los trabajos de museización se realizará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y se transferirá a las comunidades autónomas que lo soliciten junto con las respectivas instalaciones, para su gestión, de acuerdo con los respectivos estatutos de autonomía.
5. En los lugares referidos en el presente artículo y en el artículo 11 estarán absolutamente prohibidos los actos exaltadores del franquismo, la dictadura franquista y/o sus protagonistas.»
13. Se modifica el título del artículo 18 y se añaden 3 nuevos puntos, pasando los anteriores 1 y 2 a ser 4 y 5:
«Artículo 18. La solidaridad internacional.
1. El Estado reconoce la labor ejercida por los Estados, organizaciones internacionales y personas significadas que contribuyeron a paliar los efectos del sufrimiento de la ciudadanía víctima de la Dictadura.
2. El Estado reconoce la labor ejercida por las personas integrantes de las Brigadas Internacionales, que provenientes de otros Estados apoyaron la lucha en defensa de la legitimidad y legalidad republicana.
3. En virtud de los reconocimientos de los apartados anteriores, el gobierno español otorgará a todas las personas y organizaciones referidas, distinciones oficiales.»
14. Se añade un nuevo artículo 19.bis con el siguiente redactado:
«19.bis. Restitución a la Generalitat de Catalunya y al Gobierno Vasco.
Como víctimas de la Dictadura, el Estado procederá a restituir a la Generalitat de Catalunya y al Gobierno Vasco todos los honores y los bienes que les fueron incautados por el franquismo»
15. Se añade un nuevo artículo 20.bis con el siguiente redactado:
«Artículo 20. Apertura de los archivos de la represión.
1. El Ministerio de Cultura establecerá una planificación para que en el plazo de dos años se proceda a la identificación y catalogación de los fondos documentales de las instituciones franquistas, los organismos represivos dependientes de las Fuerzas Armadas, de las distintas fuerzas policiales y de la Secretaría Nacional del Movimiento Nacional, entre otros, siendo preceptiva su digitalización para su mayor difusión y acceso.
2. Estos fondos serán depositados en los archivos de la Administración central del Estado o en los archivos respectivos del territorio correspondiente, en lo que se refiera a los órganos periféricos, sean del Estado o de las comunidades autónomas, de acuerdo con sus respectivos estatutos de autonomía, respetándose la ubicación de las zonas donde se originaron estos archivos o fondos documentales.
3. El Ministerio de Cultura realizará en el plazo de un año un inventario de los fondos documentales relacionados con el exilio republicano y antifranquista, depositados en archivos e instituciones extranjeros, con el objeto de evaluar y valorar el alcance del coste humano que comportó la Dictadura.
4. En el plazo de un año se trasladarán a Burgos los sumarios de los consejos de guerra correspondientes a la Capitanía General de Burgos, los cuales se trasladaron a las dependencias militares de Ferrol.»
16. Se añade un nuevo artículo 23 con el siguiente redactado:
«23. Restitución de documentos incautados por las fuerzas represivas durante el franquismo.
1. Serán restituidos a las instituciones públicas, entidades privadas o particulares los archivos o fondos documentales actualmente conservados en archivos u otras instituciones del Estado, que les fueron requisados por éste durante la guerra o la dictadura franquista por parte de órganos estatales amparados por ésta o a su servicio, con motivo de la guerra o durante la posguerra.
2. En caso que los organismos o personas expoliadas hayan desaparecido, los fondos documentales serán entregados a los que los sucedan en sus funciones o, en todo caso, a las comunidades autónomas del lugar de procedencia. En caso de que éstas declinen hacerse cargo de éstos, se restituirán a los ayuntamientos que tengan archivos en condiciones técnicas para la conservación del patrimonio documental, como centros de recuperación de la memoria histórica local. En este último caso, la entrega será realizada en base a un convenio suscrito entre la corporación local y el Ministerio de Cultura.»
17. Se añade un nuevo artículo 24 con el siguiente redactado:
«24. Restituciones de patrimonios incautados.
1. El Gobierno restituirá a entidades de todo tipo los bienes inmuebles que la dictadura franquista les incautó en base a la Ley de 9 de febrero de 1939, de Responsabilidades Políticas o concordantes, por motivo de su tendencia, política, social o pertenencia a una cultura perseguida por la Dictadura.
2. En caso de que no fuera posible la restitución de los bienes incautados se les restituirá el valor que tendrían éstos en la actualidad.»
18. Se añade un nuevo artículo 25 con el siguiente redactado:
«25. Restitución de papel moneda.
1. Se establecerá reglamentariamente un procedimiento para restituir a las personas perjudicadas o, en su caso, a sus herederos, el dinero incautado por el régimen dictatorial, que conformó el “Fondo de papel moneda puesto en circulación por el enemigo”, así como aquel depositado en una cuenta corriente del Banco de España con el título de “Billetes de canje desestimado”, con un valor actualizado al año en curso.
2. Los interesados presentarán una petición ante el Banco de España de devolución de los fondos retenidos, adjuntando la documentación acreditativa del depósito.
3. El Ministerio de Economía pondrá a disposición de los interesados una oficina informativa para facilitar los datos y los documentos de que disponga el Estado sobre dichos depósitos, para el caso que los interesados no dispongan de esta documentación.
4. Una comisión creada a tal efecto decidirá sobre la validez de dicha acreditación y, en caso positivo, procederá a su inmediata devolución con un valor actualizado al año en curso.»
19. Se añade una nueva disposición adicional novena con el siguiente redactado:
«Disposición adicional novena. Reconocimiento de responsabilidades del Estado español y reparación de daños consecuencia del uso de armamento químico en el Rif.
1. El Gobierno reconocerá la responsabilidad del Estado español por las acciones militares llevadas a cabo por el ejército español en contra de la población civil del Rif por orden de su máxima autoridad, el rey Alfonso XIII, durante los años 1922-1927.
2. Para ello se organizará y celebrarán actos de reconciliación, de fraternidad y de solidaridad para con las víctimas, sus descendientes y el conjunto de la ciudadanía rifeña, como forma de expresar la petición de perdón por parte del Estado español.
3. Se facilitará la obra investigadora de los historiadores y de todos aquellos interesados en profundizar en el conocimiento de los hechos históricos mediante la adecuación de los archivos militares a los protocolos que rigen hoy día la archivística actual.
4. Se revisarán las anotaciones, referencias y capítulos relativos a campañas militares llevadas a cabo por el Ejército español, contenidas en museos, monumentos, cuarteles militares, libros de texto, manuales militares, etc., que oculten el uso de armamento químico y/o tergiversen la veracidad histórica.
2. Se dará apoyo a aquellas asociaciones, culturales y científicas españolas y marroquíes dedicadas a la labor de investigación de los efectos y consecuencias del empleo de armamento químico en el Rif.
3. Asumirá las posibles compensaciones económicas de carácter individual que pudieran reclamarse por los daños causados.
4. Contribuirá, en el marco de la cooperación hispano-marroquí, a la reparación de los daños colectivos, a la compensación de la deuda histórica a través de una activación e incremento de los planes de cooperación económica y social dirigidos al conjunto de los territorios del Rif y, en especial, en las provincias de Nadar y Alhucemas.
5. Dotará a los hospitales del Rif, y en especial los de las provincias de Nador y Alhucemas, de unidades sanitarias especializadas en el tratamiento oncológico, que contribuyan a aminorar los altos porcentajes de enfermedades cancerígenas.»
20. Se añade una nueva disposición transitoria primera con el siguiente redactado:
«Disposición transitoria primera. Restitución a las Comunidades Autónomas.
El Estado restituirá a las comunidades autónomas los fondos que éstas han destinado a indemnizar a los represaliados por el franquismo, cónyuges, parejas de hecho o sus descendientes, completando lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1990.»
21. Se añade una nueva disposición transitoria segunda con el siguiente redactado:
«Disposición transitoria segunda. Reparación moral.
Atendida la trascendencia de los actos de reparación moral y jurídica previstos en esta Ley, corresponderá al Jefe del Estado formalizar solemnemente en nombre del Estado español las demandas de perdón a las víctimas de las consecuencias del levantamiento militar contra la Constitución Republicana.»
22. Se añade una nueva disposición transitoria tercera con el siguiente redactado:
«Disposición transitoria tercera. Reparación del President de Catalunya, Lluís Companys i Jover.
Una vez anulada la sentencia que condenó a muerte, en su condición de Presidente de Catalunya, a Lluís Companys i Jover, el Jefe del Estado entregará al Presidente de la Generalitat la certificación correspondiente.»
23. Se añade una nueva disposición transitoria cuarta con el siguiente redactado:
«Disposición transitoria cuarta. Primera fase de museización de los lugares de la Memoria.
En virtud del artículo 15.bis en una primera fase se procederá a la indicación y “museización” de los siguientes ámbitos monumentales:
a) El Valle de los Caídos, “museizado” como centro de interpretación y divulgación de la memoria represora en general y la de los penados que trabajaron en su construcción en particular, así como de toda la estructura represiva de campos de trabajadores desplegada por la Dictadura.
b) Las dependencias de la Jefatura de Policía de Barcelona de la Vía Laietana en Barcelona, atendiendo a su significación como centro de detención y tortura
de los presos políticos de Catalunya, se convertirá en un centro de documentación de los órganos policiales de represión política del Estado en Catalunya
c) El Campo de Concentración de Miranda de Ebro, donde se expondrá la función de este campo como centro de información del conjunto de campos de concentración franquistas establecidos en la guerra y la posguerra.
d) La Dirección General de Seguridad de la Puerta del Sol, donde se situará un centro de información de las detenciones y torturas llevadas a cabo en aquellas dependencias y en general en los diversos centros de detención y arresto distribuidos por el Estado.
e) En el hospital de mujeres de Saturran de Ondarroa, donde se creará un centro de interpretación del trato dado a las presas políticas y a los hijos de éstas durante la represión franquista.
El proceso para la museización de estos lugares se iniciará inmediatamente después de la aprobación de la presente ley y con el objetivo de que en cuatro años estén abiertos al público.»

Artículo 3. Reconocimiento del derecho inalienable a la verdad y el deber de recordar por parte del Estado.
1. El Estado español reconoce y afirma el derecho inalienable a la verdad y el deber de recordar por parte del Estado, principios establecidos por la ONU para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad.
2. En virtud de los principios establecidos en el apartado anterior, se considera necesaria la recuperación de la memoria histórica de la II República y la represión franquista, que ha sido manipulada, silenciada, olvidada o no estudiada y difundida en profundidad.

Artículo 4. Reconocimiento de la II República Española.
1. El Estado español reconoce la II República española como un Estado democrático y de derecho, precursor del presente sistema político, y reconoce sus leyes y símbolos como propios e históricos.
2. El Estado español reconoce la labor de todas las instituciones, los políticos y la población en general que durante la II República Española trabajaron por la construcción de un Estado democrático y de derecho, caracterizado por la voluntad de progreso social y de reconocimiento de las libertades públicas y de derechos históricos de los pueblos que lo conforman,
3. Se declara el 14 de abril «Día de la Memoria Histórica». Este día será una jornada solemne de recuerdo de la lucha por la democracia y las libertades y contra la tiranía. Para tal fin, se realizarán actos institucionales en las Administraciones Públicas y pedagógicos en los centros de enseñanza y en las poblaciones.

Artículo 5. Campaña institucional de la Historia de la II República Española.
1. El gobierno español realizará una campaña institucional, en todas las lenguas oficiales del Estado, de difusión de la Historia de la II República mediante exposiciones, conferencias, y la edición de vídeos, libros y material sonoro.
2. Los materiales anteriormente descritos estarán disponibles gratuitamente, en todas las lenguas oficiales del Estado, en formatos digitales accesibles (incluyendo su adaptación para programario libre y para personas con discapacidad) en páginas webs oficiales que serán suficientemente publicitadas.

Artículo 6. Realización de una serie documental televisiva sobre la Historia de la II República Española.
1. A través de RTVE, se procederá a la realización de una serie televisiva documental sobre la II República Española en todas las lenguas oficiales del Estado. Dicha serie será emitida por la primera cadena de TVE y en horario de máxima audiencia. También será emitida por el Canal Internacional de TVE.
2. La serie, en formato DVD, será distribuida por las bibliotecas de competencia estatal. En las Comunidades Autónomas con lenguas cooficiales será distribuida en la lengua propia.
3. La serie, en formato DVD, será distribuida por todas las escuelas del territorio del Estado, tanto públicas como privadas. En las Comunidades Autónomas con lenguas cooficiales será distribuida en la lengua propia.
4. La serie estará disponible gratuitamente, en todas las lenguas oficiales del Estado, en formatos digitales accesibles (incluyendo su adaptación para programario libre y para personas con discapacidad) en páginas webs oficiales que serán suficientemente publicitadas.

Artículo 7. Realización de una serie documental televisiva sobre la represión franquista.
1. A través de RTVE, se procederá a la realización, en todas las lenguas oficiales del Estado, de una serie televisiva documental sobre la represión franquista y todos aquellos episodios de la dictadura que fueron minimizados o silenciados por ella. Dicha serie será emitida por la primera cadena de TVE y en horario de máxima audiencia. También será emitida por el Canal Internacional de TVE.
2. La serie, en formato DVD, será distribuida por las bibliotecas de competencia estatal. En las Comunidades Autónomas con lenguas cooficiales será distribuida en la lengua propia.
3. La serie, en formato DVD, será distribuida por todas las escuelas del territorio del Estado, tanto públicas como privadas. En las Comunidades Autónomas con lenguas cooficiales será distribuida en la lengua propia.
4. La serie estará disponible gratuitamente en todas las lenguas oficiales del Estado, en formatos digitales accesibles (incluyendo su adaptación para programario libre y para personas con discapacidad) en páginas webs oficiales que serán suficientemente publicitadas.

Artículo 8. Incorporación de la Memoria Histórica al sistema educativo.
El Ministerio de Educación, en colaboración con las Comunidades Autónomas, velará por la incorporación de los contenidos que se consideren oportunos para la recuperación de la memoria histórica de la II República, la represión de la dictadura franquista (incluyendo el intento de genocidio cultural y lingüístico de las nacionalidades) y la lucha por las libertades en todos los niveles del sistema educativo superiores al infantil. Asimismo, se garantizará de manera primordial la incorporación de contenidos propios de las Comunidades Autónomas.

Artículo 9. Impulso de la Memoria Histórica en las bibliotecas.
El Ministerio de Cultura, en colaboración con las Comunidades Autónomas, velará por la edición e incorporación a las bibliotecas de su competencia, de libros y vídeos pedagógicos sobre la recuperación de la memoria histórica de la II República, la represión de la dictadura franquista y la lucha por las libertades. Se garantizará la promoción de materiales realizados en todas las lenguas oficiales del Estado.

Artículo 10. Divulgación de la represión cultural y lingüística.
El Ministerio de Cultura, en colaboración con las Comunidades Autónomas, articulará, a través de los medios de información públicos, del sistema educativo, de exposiciones, programas de divulgación o actividades, la divulgación del conocimiento de la persecución de las lenguas y de las culturas del Estado español llevadas a cabo por parte del régimen dictatorial.

Artículo 11. Homenaje y divulgación de las personas asesinadas por los derechos de las nacionalidades del Estado.
El Gobierno español, en colaboración con las Comunidades Autónomas, realizará actos de recuerdo y reconocimiento y apoyará la realización de exposiciones y la edición y difusión de libros y vídeos de aquellas personas que fueron asesinadas por destacarse en la lucha democrática a favor de un Estado autonómico y de la afirmación nacional de sus territorios. Todas estas acciones de recuerdo y reconocimiento, y en honor a éstos, serán realizadas necesariamente en la lengua propia de los territorios con lenguas cooficiales.

Artículo 12. Homenaje a las personas fusiladas por su defensa de la democracia.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a todas aquellas personas fusiladas por la defensa de la legalidad republicana y por el mantenimiento o recuperación de las libertades. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras en este sentido, sus causas y consecuencias, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de familiares de personas fusiladas.

Artículo 13. Homenaje a las personas encarceladas por su defensa de la democracia.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a todas aquellas personas encarceladas por la defensa de la legalidad republicana y por el mantenimiento o recuperación de las libertades. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras en este sentido, sus causas y consecuencias, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de personas que la padecieron.

Artículo 14. Homenaje a la mujer como víctima de la represión dictatorial.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a la mujer como víctima de la discriminación a que fue sometida por las políticas de la dictadura franquista, y en especial a las mujeres comprometidas en la defensa de la legalidad republicana y en la lucha antifascista. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras, sus causas y consecuencias, mediante las ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de personas que la padecieron.

Artículo 15. Homenaje a las personas desterradas o exiliadas por la dictadura.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a todas aquellas personas que se vieron obligadas a exiliarse o fueron desterradas como consecuencia del golpe de Estado y la instauración de la dictadura franquista y, en especial, a aquellas personas que trabajaron desde el exilio por la recuperación de las libertades en el Estado español. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras que obligaron al exilio, sus causas y consecuencias, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de personas que la padecieron.

Artículo 16. Homenaje a las personas integrantes de la lucha armada contra la dictadura y por la democracia y las libertades.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a todas aquellas personas que optaron por la lucha armada contra la dictadura franquista y por el restablecimiento de la democracia y las libertades. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las acciones de la lucha armada contra la dictadura, sus causas y consecuencias, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia corno de personas que la protagonizaron y la apoyaron.

Artículo 17. Homenaje a las víctimas de trabajos forzados.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a todas aquellas personas que fueron víctimas de centros de trabajo forzado, tanto en el Estado español corno al servicio de Estados extranjeros y de los campos de exterminio nazis. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras en este sentido, sus causas y consecuencias y la actitud del Estado español al respecto, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de personas que las padecieron.

Artículo 18. Homenaje a las personas represaliadas por su orientación sexual o identidad de género.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a todas aquellas personas represaliadas durante la dictadura franquista por su orientación sexual o identidad de género. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras, sus causas y consecuencias, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia corno de personas que las padecieron.

Artículo 19. Homenaje a las organizaciones prohibidas y perseguidas por la dictadura.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a todas aquellas organizaciones prohibidas y/o perseguidas durante la dictadura franquista. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras contra las organizaciones, sus causas y consecuencias y, muy especialmente, a las personas reprimidas, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de personas que la padecieron.

Artículo 20. Homenaje a la comunidad gitana como víctima de la represión dictatorial.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje a la comunidad gitana como víctima de las políticas discriminatorias que padecieron durante la dictadura franquista. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras contra la comunidad gitana, sus causas y consecuencias y, muy especialmente, a las personas reprimidas, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de personas que la padecieron.

Artículo 21. Homenaje al funcionariado represaliado por la dictadura.
El Gobierno español realizará una jornada de homenaje al funcionariado represaliado por el franquismo. El acto, que será presidido por un miembro del Gobierno español y por representantes de los Grupos Parlamentarios del Parlamento español que lo deseen, recordará las políticas represoras, sus causas y consecuencias y, muy especialmente, a las personas reprimidas, mediante ponencias tanto de personas investigadoras de la materia como de personas que la padecieron.

Artículo 22. Difusión de los Homenajes y las ponencias.
1. El Ministerio de Cultura editará libros y vídeos donde se recojan, en todas las lenguas oficiales del Estado, todas las ponencias explicitadas en los puntos anteriores.
2. Los vídeos serán emitidos por TVE y por el Canal Internacional de TVE.
3. Las ponencias serán emitidas por RNE y por Radio Exterior de España.
4. Los libros y vídeos serán distribuidos por las bibliotecas de competencia estatal. En las Comunidades Autónomas con lenguas cooficiales serán distribuidos en la lengua propia.
5. Los libros y vídeos serán distribuidos por todas las escuelas del territorio del Estado, tanto públicas como privadas. En las Comunidades Autónomas con lenguas cooficiales serán distribuidos en la lengua propia. 6. La serie estará disponible gratuitamente en todas las lenguas oficiales del Estado, en formatos digitales accesibles (incluyendo su adaptación para programario libre y para personas con discapacidad) en páginas webs oficiales que serán suficientemente publicitadas.

Artículo 23. Consejo Estatal de Pedagogía de la Memoria Histórica.
1. Se crea el Consejo Estatal de Pedagogía de la Memoria Histórica.
2. Dicho Consejo será paritario Gobierno-sociedad civil. En este sentido, cada uno de los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados elegirá dos miembros de la sociedad civil entre las organizaciones y personas que trabajan por la recuperación de la memoria histórica, mientras que el Gobierno español elegirá igual número de representantes de entre los organismos e instituciones estatales que considere oportunos.
3. Las funciones del Consejo Estatal de Pedagogía de la Memoria Histórica son:
a) Realizar un informe sobre la situación política y social durante la II República Española, contemplando la realidad plural territorial del Estado, con la finalidad de incorporar los contenidos que se consideren oportunos a los libros de texto escolares y a la realización de la serie televisiva documental por episodios temáticos explicitados en la presente ley.
b) Realizar un informe sobre la historia del Estado español deformada, silenciada y/o enterrada durante cuarenta años de dictadura totalitaria, que incluya el período comprendido entre 1936 y 1976 con la finalidad de incorporar los contenidos que se consideren oportunos a los libros de texto escolares y a la realización de la serie televisiva documental por episodios temáticos explicitados en la presente ley. Este informe contemplará la realidad plural territorial del Estado, la lucha armada contra la dictadura y la colaboración del Estado español con el Holocausto nazi.
c) Asesorar en la adaptación de los contenidos a los libros de texto escolares y a la serie televisiva documental explicitados en los puntos anteriores.
d) Asesorar en la realización de la campaña institucional de difusión de la Historia de la II República.
e) Asesorar en la realización de las jornadas de homenaje a las personas y colectivos represaliados, así como decidir las ponentes.
f) Velar por el recuerdo y el reconocimiento del papel protagonista de la mujer en todos los puntos anteriores y en el desarrollo y concreción de la presente ley.
g) Realizar una investigación sobre la desaparición de fondos documentales del Estado durante la Transición.
h) Proponer las acciones que se consideren oportunas para la concreción y desarrollo de la presente ley.
i) Velar por el íntegro cumplimiento de la presente ley.
j) Realizar un informe semestral, y en cualquier caso un informe final, sobre el desarrollo y cumplimiento de la ley. El informe será remitido al Congreso de los Diputados, dando lugar a las comparecencias y propuestas de resolución que se estimen oportunas.
4. A fin de llevar a cabo las funciones anteriormente descritas, el Gobierno español dotará al Consejo Estatal de Pedagogía de la Memoria Histórica de los medios y potestades que se consideren oportunos.
5. Este Consejo expirará cuando las funciones anteriormente establecidas hayan sido realizadas y en ningún caso antes de cinco años.

Artículo 24. Investigación de desaparición de fondos documentales del Estado durante la Transición.
Las conclusiones de la investigación, referida en el apartado g) del punto 3 del artículo anterior, serán públicas y, en su caso, se trasladarán a la Fiscalía del Estado por si hubiere responsabilidad penal o de carácter disciplinario en caso de funcionarios públicos.

Artículo 25. Apoyo a las organizaciones de recuperación de la memoria histórica.
El Gobierno español apoyará e impulsará el trabajo de las organizaciones y personas que trabajan a favor de la recuperación de la memoria histórica, aportando los recursos económicos y materiales que se consideren oportunos para la continuación y la difusión de su labor. Se velará por garantizar el apoyo de trabajos propios de Comunidades Autónomas y entes municipales.

Disposición adicional.
Se crea un Fondo económico con el fin de garantizar la eficiente ejecución de la presente ley. Dicho Fondo contendrá una partida específica para la subvención de las personas y organizaciones que realizan trabajos de recuperación de la memoria histórica, así como para la difusión de los mismos.

Disposición derogatoria.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente Ley.

Disposición final primera.
Se habilita al Gobierno y a sus miembros, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en esta ley, y en especial, en lo que se refiere a los procedimientos de restitución e indemnización que en él se establecen.

Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
[Fuente: Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados, IX Legislatura, Serie B: Proposiciones de Ley, Núm. 55-1, 22abr08]


MUJERES, LAS VÍCTIMAS OLVIDADAS DE LA POSGUERRA
nadaUn seminario recuerda el sufrimiento de las represaliadas por el franquismo.


El País/LIDIA JIMÉNEZ
– Sevilla – 20/04/2008
«Lo peor llegó cuando acabó la guerra», recuerda Francisca Adame, cordobesa de 86 años. Su familia padeció el rechazo y la venganza de «los vencedores» al terminar la Guerra Civil (1936-1939). «Las mujeres también sufrimos los cuatro males de la época: frío, hambre, desprecio y silencio». Agarrada a su brazo, alguien se presenta como «otra víctima». Es María González Cortés, jiennense nacida en 1920. «Pasé tres años en la cárcel por encubrir a mi hermano, que era contrario al régimen».

Las dos mujeres se acaban de conocer en Sevilla. Acuden como «testigos de época» al seminario organizado esta semana por el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y el Centro de Estudios Andaluces bajo el título Mujeres antifranquistas, las otras víctimas.
Entre 1939 y 1949 hubo 30.000 detenidas políticas en Andalucía. «Yo era analfabeta, pero ahora me he apuntado a clases», presume María González. Teresa Rabazas Romero, catedrática de la Universidad Complutense de Madrid, recordó cómo el régimen franquista trató de apartar a las mujeres de la cultura: «Si iban a la escuela, las niñas debían aprender a ser buenas madres y amas de casa. Los libros están repletos de ilustraciones de mujeres felices, con la escoba en la mano o fregando». La profesora se indigna al recordar el decreto que en 1936 prohibió la coeducación de ambos sexos «por antimoral y antipedagógica».
Las dos mujeres víctimas de la represión reconocen estar emocionadas por poder compartir su historia con el auditorio reunido en las Reales Atarazanas. «Hemos estado calladas mucho tiempo!», reivindican. Adame camina más despacio. María González, con «12 o 13 nietos» no sólo habla del pasado: «Me gusta mucho el gobierno de mujeres de Zapatero». A su lado, Francisca apunta, con un punto de sorna: «¡Que no tengan miedo los hombres, que no les vamos a quitar nada!».
Alfonso Yerga Cobos, director del Centro de Estudios Andaluces, comenzó a disparar datos: «50.000 andaluces desaparecieron; se hicieron 600 fosas comunes, con 37.000 víctimas». Y preguntó al auditorio: «Demasiada gente a la que se pretende mandar al olvido, ¿no creéis?» Después hizo hincapié en las mujeres, «algunas de las cuales han permanecido en la cárcel hasta mediados de 1970». «Esas personas lo dieron todo en un intento de acabar con ese tiempo de olvido. Aunque a muchos no les guste», se enfrentó Yerga, con ironía, a los críticos con la ley de memoria histórica.
Durante una pausa, en un claroscuro del patio, a González le cambia el semblante. «Ví cómo metían a mi madre en un pozo. La ataron de una cuerda y la amenazaron con ahogarla si no confesaba. Yo no podía parar de llorar», recuerda. Ante la fija mirada de González y Adame desde sus asientos, Alfonso Yerga recuerda el último discurso de Manuel Azaña como presidente de la República. Las palabras que el político pronunció un 18 de julio de 1938 en el Ayuntamiento de Barcelona ponen fin al acto: «Habrá generaciones que lean sobre estos muertos [los de la Guerra Civil] y ya no tendrán odio ni rencor. El mensaje de la patria eterna dirá a todos sus hijos: paz, piedad y perdón».

MARCHENA (SEVILLA): TERCERAS JORNADAS DE DIGNIFICACIóN Y RECUPERACIóN DE LA MEMORIA HISTóRICA. “LUCHA CONTRA EL OLVIDO”
Marchena (Sevilla) – Mayo de 2008

PROGRAMA DE ACTOS

Inauguración de placa-homenaje con los nombres de los representantes legítimos del pueblo de Marchena, víctimas de la represión golpista en 1936
1 de Mayo a las 12:00 horas en el Patio trasero del Ayuntamiento antiguo, c/ Carrera

Exposición: “Dignidad versus represión”
(Textos, fotografías y carteles)

Sala de Exposiciones: “Sala Carrera”. Ayuntamiento Antiguo. C/ Carrera
Del 5 al 10 de Mayo:
Inauguración: 5 de mayo a las 18:30 horas.
Horario de visitas:18:30 a 21:30.

III JORNADAS: CICLO DE PONENCIAS

5 de Mayo: DESENTERRANDO LA MEMORIA
Lugar: “Sala Carrera”. Ayuntamiento Antiguo. C/ Carrera.

19:30 horas: PRESENTACIÓN DE LAS JORNADAS.
Alcalde, representante de DIME y el coordinador de las Jornadas.

20:00 horas: LA LUCHA POR LA MEMORIA HISTÓRICA: PASADO, PRESENTE Y FUTURO.
Ponente: Emilio Silva Barrera. Periodista y Presidente de la ARMH.

LA HISTORIA Y SUS PROTAGONISTAS.
Lugar: “Sala Carrera”. Ayuntamiento Antiguo. C/ Carrera.

6 de Mayo, 20:00 horas:
LA REPRESIÓN ARTÍSTICA EN LA PROVINCIA DE SEVILLA.
Ponente: Teresa Lafita Gordillo. Doctora en Historia del Arte e Investigadora de la Universidad de Sevilla.

7 de Mayo, 20:00 horas:
LA OPOSICIÓN OBRERA AL FRANQUISMO Y SU REPRESIÓN (1936-1959).
Ponente: Marcial Sánchez Mosquera. Licenciado en Historia por la Universidad Hispalense de Sevilla e Investigador. Fundación de Estudios Sindicales. CC.OO.-Andalucía.

8 de Mayo, 20:00 horas:
LAS TIZAS ROTAS: LA REPRESIÓN CONTRA LOS DOCENTES.
Ponente: José María Díaz Luque. Doctor en Historia. Profesor de IES Isidro Arcenegui de Marchena.

9 de Mayo, 20:00 horas.
“ENTRE OLIVOS” Monólogo sobre la represión. Puesta en escena de la obra de Richard Barker “El largo trauma de un pueblo andaluz”.
Actor : Antonio Luque.
Lugar: “Sala Carrera”. Ayuntamiento Antiguo. C/ Carrera.

Coordinador de las Jornadas: Javier Gavira Gil.
La organización expedirá certificados a los asistentes.
Entrada libre hasta completar aforo.

Organiza: Asociación Dignidad y Memoria. DIME.
Colabora: Excmo. Ayuntamiento de Marchena (Comisión Municipal de Recuperación de la Memoria Histórica) y Consejería de Justicia y Administración Pública.

PUEBLA DE CAZALLA (SEVILLA): «NO ABRIMOS LAS HERIDAS, ES QUE NO PUDIMOS CERRARLAS»

Exhumados 22 cadáveres de la Guerra Civil en Sevilla

El País. Andalucía: LIDIA JIMÉNEZ – Sevilla – 15/04/2008

Al abuelo de Mari Carmen España lo asesinaron el 17 de septiembre de 1936. «Era jornalero, tenía 28 años y mi abuela estaba embarazada», cuenta la nieta desde el cementerio de La Puebla de Cazalla (Sevilla). No quiere soltar la pala ni para hablar unos minutos: «Desde que me enteré, no he parado. Necesitaba abrir esta fosa». Señala un enorme socavón rodeado de nichos y flores de plástico. «Mi padre sólo tenía tres añitos cuando murió mi abuelo», se indigna agotada.

España es de Lantejuela, un pueblo muy próximo a Cazalla.Lleva un chándal morado y tiene barro en las botas y en las manos: «Un señor de 86 años, Antonio Caro Andrade, me contó hace unos años que a mi abuelo [y a otros seis] le habían arrojado aquí». Cuando la nieta se emocionó con el hallazgo, el anciano contestó extrañado: «Pero mujer, si eso lo sabe todo el mundo».

Al abuelo de Mari Carmen, Manuel España Gil, lo mandaron llamar de madrugada. «De ahí a la cárcel y de la cárcel al tiro por la espalda», resume su nieta. Le aplicaron la ley de fugas: «Decían a los prisioneros que saltaran del camión, y cuando estaban abajo, les pegaban un tiro alegando que se intentaban escapar».

Junto a España cuatro miembros del grupo Aranzadi, una asociación de científicos especializados en ajusticiamientos durante la Guerra Civil. Llevan en Cazalla desde el 26 de marzo. «Hemos exhumado ya 22 cadáveres pero aquí puede haber hasta 200 personas», anuncia Jimmi Jiménez, el responsable del grupo. El resto del equipo lo escucha con atención. Son Daniela Leiva, antropóloga forense de Chile, Sara Gálvez y Miguel Lorente, arqueólogos de Madrid. Gálvez, de 27 años, rebosa energía: «¡Sólo somos cuatro cavando! Pensábamos que habría una fosa y resulta que hay tres». Y apunta Leiva, la más locuaz: «¡Es obvio que necesitamos dinero! La subvención que tenemos no nos da para pagar a un científico más», se queja. «¡El problema de las fosas hay que solucionarlo ya! ¡Todas las personas merecen un entierro digno! No podemos seguir pensando en los viejos de la lejana Guerra Civil. ¡Algunas de estas personas son más jóvenes que yo!», protesta Leiva, de 30 años.

España mira a los chicos y se alegra. «Si no fuera por ellos, no habría conseguido sacar a mi abuelo». Los antropólogos la abrazan. «Hasta en el trabajo [es técnico de archivo en el Ayuntamiento de Lantejuela] me han dicho que ahora se me nota menos triste».

Paqui Maqueda es la vicepresidenta de la Asociación de la Memoria Histórica y Justicia de Andalucía (AMHyJA). Escuchó los ruegos de España y le proporcionó ayuda. Aunque reconoce que se necesita más. Su petición: «Hago un ruego a la Junta de Andalucía para que se haga responsable de las exhumaciones. Es cierto que trabaja mucho para la recuperación de la memoria histórica pero no parecen partidarios de abrir las fosas».

España se entristece por «el silencio y la vergüenza» que sienten otros familiares de fusilados. Y para los que critican su actitud, también tiene algo que decir: «¿Por qué hablan de que vamos a reabrir heridas? ¡Pero si nunca nos han dejado cerrarlas!»

El alcalde de La Puebla de Cazalla, Antonio Martín (IULV-CA), también apoya las excavaciones. «Yo ayudo lo que puedo. Mando operarios y alguna máquina, pero tampoco disponemos de mucho». El grupo Aranzadi y España elogian su actitud: «Es majísimo». La Presidencia del Gobierno central les ha concedido una subvención de 40.000 euros. Pero no es suficiente. «Si no nos ayuda alguien más, tendremos que parar las exhumaciones», se lamenta Leiva. Mientras tanto, se conforma con lo que tienen. «A veces los del pueblo se acercan a echarnos una mano. ¡Y eso nos anima un montón!», dice.

Más fosas
Los trabajadores del grupo Aranzadi se sorprenden de que todos los días se acerquen personas a La Puebla de Cazalla (Sevilla) para pedir ayuda. «Quiero encontrar a mis familiares muertos», declaran. «Antes no se atrevían a buscar. Había mucho miedo, pero poco a poco se va perdiendo. Los pueblos están llenos de cementerios ilegales», se lamenta Jimmi Jiménez, responsable de Aranzadi. «Mi equipo ha exhumado desde cinco hasta 130 cadáveres en fosas de todo el país», informa Jiménez. Baste observar que sólo en Cazalla, el historiador José María García Márquez analiza la situación en un libro de 318 páginas: La represión militar en La Puebla de Cazalla (1936-1949).

 77º ANIVERSARIO – LA REPÚBLICA INVISIBLE
nada

Muchos de los valores del 14 de abril han triunfado en la España del siglo XXI. Historiadores, sociólogos y políticos examinan una etapa clave de la historia de nuestro país.

Público.es/JUANMA ROMERO
– Madrid – 13/04/2008

«En estos momentos, cinco en punto de la tarde, Madrid entero, bajo un magnífico sol de primavera, presenta un aspecto de animación y júbilo extraordinarios. Las calles, materialmente invadidas por el pueblo –por todas las clases sociales– vitorea con el mayor entusiasmo a la República. No se ve a un guardia, como no sea uno urbano”.
Esta crónica tiene 77 años. Exactos. La publicó Heraldo de Madrid el 14 de abril de 1931. Escrita casi en tiempo real, mientras la ciudad vivía una convulsión replicada en todo el país. España se deshacía de su rey, Alfonso XIII, derrotado moralmente en las elecciones municipales del 12 de abril. España se vestía con el traje tricolor y se tocaba con gorro frigio. La II República había llegado.
La empujó el pueblo. Estalló, buscando esperanza, ilusión. “Se instauró como resultado inmediato de un movimiento popular”, describe el historiador Santos Juliá en Madrid, 1931-1934 (Siglo XXI, 1984). La fiesta impuso el nuevo régimen.
77 años no es un aniversario redondo. Pero cada 14 de abril, ineludiblemente, repiquetea en los cristales de la joven democracia española qué fuimos. Qué somos hoy. Qué patrimonio de la II República se ha filtrado en el ADN de la sociedad de 2008.
“Los tiempos han cambiado. La España de hoy dista kilómetros de la de los años treinta, pero ese periodo corto, intenso, permanece vivo como el primer referente democrático en nuestro país”, reflexiona Ángeles Egido, profesora de Historia Contemporánea de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). “Se quiso dar el salto a Europa, modernizar el país, construir un Estado federal, separar la Iglesia del Estado… En 1975 se retomó la historia en el mismo punto en que se dejó”.
No es fácil decirlo. Admitir que, en parte, la España postfranquista es hija de la republicana. Y lo es, señala Santiago Carrillo, ex líder del PCE: “La mejor herencia es el reconocimiento de la soberanía popular y de las libertades”. Remacha Gregorio Peces-Barba, uno de los siete padres de la Constitución: “La Carta Magna de 1931 fue un referente. ¡Cómo no! Sobre todo el capítulo de derechos humanos. Estaba en la mente de todos nosotros, también de Fraga, aunque no lo dijéramos abiertamente”.
Eso era miedo.
El recuerdo lacerante de la Guerra Civil, el desenlace que Franco pintó como inevitable de una República tomada por el “caos”, atenazó la Transición. Pesó tanto que Interior se negó a legalizar los partidos republicanos antes de las elecciones de 1977. “Uno de los factores determinantes para que se blindara la Monarquía y se ahogase el debate sobre la forma de gobierno”, protesta Isabelo Herreros, líder de Izquierda Republicana durante 15 años, hasta 2007.

El espíritu crítico y libre

El deseo de no reproducir los viejos errores no impidió, sin embargo, que la democracia de 1978 incorporara los planteamientos más señeros de la República. Juan Pablo Fusi, historiador y catedrático de la Universidad Complutense (UCM), identifica cuatro nexos comunes. “Primero, entender la democracia como un valor, como forma de gobierno y de sociedad. Segundo, concebir un Estado descentralizado. Tercero, la educación pública y laica como gran proyecto social. Y en cuarto lugar, la admiración por la cultura de la Edad de Plata”.
La máxima escuela para todos, importada de Francia por el primer ministro de Instrucción Pública de la República, Marcelino Domingo, ilustra para todos los expertos la firme pretensión del nuevo régimen de alfabetizar y formar ciudadanos. Sólo en junio de 1931 salieron a concurso 7.000 plazas de maestros. Un avance ni siquiera intentado durante la Restauración. Alicia Alted, investigadora de la educación republicana en la UNED, recorre de carrerilla los “grandísimos avances” del quinquenio, vigentes hoy. Las clases con niños y niñas, el “espíritu crítico”, la participación “activa” del alumno, la apuesta por los “movimientos pedagógicos de vanguardia” ensayados antes por la Institución Libre de Enseñanza. “Por vez primera un Estado concebía la infancia como un periodo de aprendizaje y juego básico para la formación del individuo”.
En cultura saltan las diferencias. Para Mirta Núñez, experta en la represión franquista y profesora de la Complutense, todavía no se ha aprehendido el valor de la “ética republicana”, esa cultura integral, humanística, radicalmente laica. “Parte de ese rico legado se cortó de cuajo por la voluntad aniquiladora de Franco. Obligó al silencio”.
«El mejor poso son las libertades y la soberanía popular», sostiene Santiago Carrillo

La Iglesia. Pronto aflora en cuanto se revisa la agitada vida de la República. Con la imagen cruda de la quema de conventos señalada con dedo acusador por la dictadura. Algo se hizo mal, coinciden los académicos. “Faltó tacto”, arguye Núñez, “aunque con una jerarquía tan reaccionaria era complejo”. “Prendió un anticlericalismo mal entendido”, añade Fusi. “El conflicto existió, pero lo que buscó el bienio progresista [1931-1933] fue crear ciudadanos, desvestir España de la única moral dominante, la católica. Estoy convencido de que el problema se habría apaciguado de no haber estallado la guerra. La Transición no sintió ese anticlericalismo, en parte por la alianza de parte de la Iglesia con el antifranquismo desde los sesenta”. Es la opinión firmada por Rafael Cruz, politólogo de la UCM y autor de En el nombre del pueblo (Siglo XXI).
El título de la obra ya sirve una de las claves diferenciadoras de la España de 1931. El populismo. No ha perdurado. Para Cruz, felizmente. “Se primaba al colectivo sobre la persona. Al pueblo, a las clases, de una forma excluyente, descuidando las minorías”. Fusi lo explica aludiendo a los cambios operados en los partidos. “Hoy son interclasistas, no antisistema. También ha cambiado la mentalidad militar y la estructura sindical. No existe una central revolucionaria como la anarquista CNT. Pesa más la formación de los políticos (por encima de su oratoria) y subyace una aceptación plena de la economía de mercado, del Estado del bienestar y las tesis keynesianas. Y se ha perdido la urgencia de la reforma agraria”.

Llegó pronto… o más tarde

Al final del camino no hubo luz. Sólo el fogonazo de la sangre. El enorme proyecto modernizador de la República, en buena medida paralizado por los gobiernos de la derecha (1933-1936), tropezó con un desenlace abrupto. La guerra. ¿España parió un régimen liberalizador prematuramente? “¿Por qué no lo planteamos a la inversa?”, se cuestiona Ángeles Egido. “Quizá se pueda admitir que la República se adelantó, pero no en el contexto internacional. Mussolini decía que la llegada de la República a España era como encender una lámpara de aceite en la era de la electricidad. Las democracias en Europa estaban en receso, recordémoslo”.
El problema era la sociedad. Estaba “desestructurada, no era homogénea”, recalca Fusi. No existía el colchón de una burguesía fuerte. Por eso, sigue Egido, “se desbordó por los extremos”. Esa erosión intensa se corresponde, asimismo, con la existencia de un “Estado débil, con poco sector público y pocas garantías sociales”, esgrime Fusi. No cabe pues la crítica exacerbada, falaz, al régimen alumbrado en 1931. Pero tampoco, como precisa Rafael Cruz, la “lectura acrítica”. “No era una sociedad 100% moderna. Se dio el voto a las mujeres, pero la cultura masculina, viril, era evidente”. Santiago Carrillo, testigo de aquella época y de ésta, reconoce los cimientos republicanos. Y los avances de la España de 1978. “Hemos llegado más lejos ahora. Retos sociales hoy logrados antes eran impensables”.

El sueño de otra república

El republicanismo con rey. Es la paradoja irresoluta desde la Transición. ¿Puede convivir el espíritu republicano con la Corona? Sí y no. No hay acuerdo.
Entre los primeros, los del sí, Cruz. “República es mucho más que una forma de gobierno. ¿No hay acaso repúblicas dictatoriales? Apoyo que todos los cargos sean electivos, pero no es una prioridad hoy”. También lo sostiene Fusi: “El republicanismo cívico es la forma más actualizada de hablar de democracia. De libertades de ciudadanos maduros e iguales, de tolerancia, de control del poder… Eso supera todos los debates sobre la Monarquía”. O Carrillo: “No tenemos menos libertades que en Francia o en Italia”.
Entre los del no, Isabelo Herreros, de IR: “España no será plenamente democrática hasta que no elija a su presidente de la República”. O Manuel Muela, presidente del Centro de Investigaciones y Estudios Republicanos: “La Corona no es transparente. No publica sus cuentas. Antes o después el sistema quebrará y se verá que es mejor no tener rey”.
“El problema es que aún hoy late el miedo. Pero empieza a caer”. Emilio Silva, presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, lo ha sentido tocando la frustración de los familiares de los tirados en las cunetas por el franquismo. En las fosas. “La Transición no puso límites a la derecha. Firmó el olvido. De ahí los resquemores, los odios que tan hondo calaron”. Las huellas más difíciles de borrar. Aún 77 años después.
CINCO AÑOS QUE TRANSFORMARON ESPAÑA

14 de abril de 1931: cuando el rey perdió su trono.  En los planes de Alfonso XIII no casaba la idea de que unos comicios municipales, los del 12 de abril, pudieran echarle del poder. Así fue. Las listas republicanas vencieron en 41 de las 50 capitales de provincia. El pueblo lo leyó como un plebiscito sobre la Monarquía. El rey cayó. Y se marchó.
28 de junio de 1931: las primeras elecciones. La primavera de 1931 se presentó agitada. Bajo el Gobierno provisional de Niceto Alcalá-Zamora se impulsaron las primeras reformas: la reestructuración del Ejército, los cambios en el campo y en la escuela, el discurso secularizador. Pronto estallaron los conflictos con una Iglesia ultra. Prendió de nuevo la violencia anticlerical, que ya emergió en mayo. El Ejecutivo preparaba mientras las primeras elecciones. Las constituyentes del 28 de junio, ganadas por republicanos y socialistas.
9 de diciembre de 1931: España tiene Constitución. El otoño se llenó con la redacción de la Carta Magna republicana. La derecha desertó y se abstuvo en la votación, el 9 de diciembre. Al día siguiente, las Cortes eligieron a Alcalá-Zamora presidente de la República.
10 de agosto de 1932: primer golpe, la ‘Sanjurjada’. Con Manuel Azaña como presidente del Gobierno tuvo lugar la primera algarada militar: la rebelión, en Sevilla, del general José Sanjurjo. Fracasó. El miedo a la involución aceleró la aprobación, en septiembre, de la reforma del sector agrario y del Estatuto de Catalunya.
Enero de 1933: disturbios en Casas Viejas. La inquietud por el lento implante de las reformas en el campo derivó en los sucesos trágicos de Casas Viejas (Cádiz), promovidos por los anarquistas y reprimidos con dureza por el Gobierno. La factura le costó el puesto a Azaña.
19 de noviembre de 1933: comienzo del ‘bienio negro’. La inestabilidad condujo a la convocatoria de nuevas elecciones en noviembre de 1933, las primeras en las que votaron las mujeres. Triunfan los radicales de Lerroux y la derecha de la CEDA de Gil-Robles. Comienza el bienio negro, el desmontaje de las reformas promovidas desde 1931.
Octubre de 1934: revuelta en Asturias. Hasta octubre de 1934 no se integrarán miembros de la CEDA en el Gabinete. Eso soliviantó a la clase obrera, que se sintió atacada y reaccionó violentamente. La huelga revolucionaria caló en Asturias y en Catalunya, donde Companys proclamó el Estado catalán. Su autonomía fue suspendida y los líderes políticos, detenidos. Hubo más de 1.300 muertos.
16 de febrero de 1936: la victoria del Frente Popular. Desde mayo de 1934 hasta las elecciones de 1936 se sucedieron ocho gobiernos. La derecha fue derrotada en esos comicios por la conjunción de republicanos e izquierdas integrados en el Frente Popular.
17 y 18 de julio de 1936: el golpe que mata la República. Es la sedición de parte del Ejército, liderada por Sanjurjo, Mola y Franco, la que desencadena la Guerra Civil. Con ella sucumbe un quinquenio de florecimiento de las libertades. De apuesta firme por el Estado laico, la educación, la cultura (a la izquierda, Lorca, en un acto literario, en 1936). Por la modernización de un país atrasado.

 

LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO PIDEN UNA LEY DE FOSAS COMO LA CATALANA
nadaLa Generalitat completa las lagunas sobre exhumaciones de la Ley de la Memoria Histórica.

Público.es/DIEGO BARCALA
– Madrid – 10/04/2008
 

Las penurias pasadas por las milicias del POUM (Partido Obrero Unificado Marxista) en el frente aragonés de Catalunya, contadas por el brigadista y escritor inglés George Orwell, es el único Homenaje a Catalunya que conocíamos hasta ahora sobre la defensa republicana en la Guerra Civil.
Desde el pasado 25 de marzo, los vencidos empiezan un nuevo capítulo de esa oda. La Ley de Fosas Comunes establece, por primera vez tras el final del franquismo, que una administración -en este caso la Generalitat- dignifique la memoria de las víctimas de la represión.
El resto de familiares de desaparecidos y fusilados en el resto de España exige al Gobierno que imite a Catalunya para hacer el definitivo homenaje a la España vencida.
La ley catalana de fosas comunes ha supuesto un alivio para miles de personas que han dedicado su vida a luchar por una lápida para su familiar enterrado en una cuneta desconocida o en una fosa común desde los años 30.
El Govern ha detallado ahora un protocolo que la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica reclama para el resto de España. Desde la aprobación el pasado diciembre de la Ley de la Memoria Histórica estatal, el reglamento para exhumar fosas está paralizado.
Juan Riquelme, de 62 años, vive en Caracas (Venezuela) y es la tercera generación de su familia que busca a Santiago Pujol, un médico del Cuerpo de Sanidad Militar republicano.
Fue visto por última vez en enero de 1939 cuando su hermana y su cuñado le dejaron en el hospital de Camprodón (Lleida) a la espera de que pudiera huir con ellos a Francia.
Nunca llegó a cruzar la frontera y no dejó restos fiables sobre cuál fue su final. Juan considera inadmisible que el Gobierno español no facilite un registro o un archivo para que los familiares reclamen.
Desgaste generacionalLos principales beneficiados del impulso de una ley de fosas comunes o desaparecidos de la Guerra Civil son ancianos. Una generación para quien tener a un familiar enterrado sin una lápida es muy duro, independientemente de sus creencias religiosas.
«¿A qué esperan, a que el desgaste generacional olvide el pasado?», reflexiona Riquelme.En Catalunya no ha sido abierta ni una fosa de soldados republicanos desde la instauración de la democracia.
«No hemos querido hacer nada sin la vinculación al gobierno», reconoce el presidente de la Asociación para la memoria histórica de Catalunya, Manel Perona. Frente a ellos han encontrado varios obstáculos, sobre todo políticos. La eterna disculpa conservadora de no remover el pasado ha perjudicado la creación de la recién aprobada Ley de Fosas.
«Muchos fueron enterrados en los márgenes de caminos donde ahora se han construido carreteras. Además, muchos de los testigos ya han fallecido», describe Perona. La Generalitat facilitará ahora los registros, las pruebas de ADN y las exhumaciones de las más de 150 fosas comunes catalanas.

Estancamiento de la ley

La ley es el hito que la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica reclama para todas las fosas. Esta asociación, que exhumó a Emilio Silva, el primer fusilado identificado con una prueba de ADN, lamenta que la falta de desarrollo de la ley de la Memoria aprobada el pasado diciembre haya dejado las cosas tal como estaban.
Trabajan con voluntarios, especialistas forenses y expertos paleontólogos que contratan por su cuenta para encontrar a los familiares de sus asociados. El correo de la asociación echa humo.
El franquismo lo llamó «la causa justa»

La última historia que han recibido vía mail es escalofriante. Los descendientes de un represaliado huido del mismo paredón han pedido su ayuda para recuperar los cuerpos de la mujer y los hijos del huido del fusilamiento. Los militares del bando nacional los mataron como respuesta a la huida de su verdadero objetivo.
Son cientos de historias que durante décadas han quedado en la memoria doméstica de cada familia mientras el régimen de Franco homenajeaba a sus víctimas desde el día siguiente a conseguir el poder.
El franquismo lo llamó «la causa justa». A través de los periódicos de la época, el régimen pidió la colaboración ciudadana para localizar los lugares donde los republicanos cavaron las fosas de los represaliados en el bando vencido.
El nieto de Emilio Silva, que lleva su mismo nombre y apellido y preside la ARMH, repasa los recortes encuadernados del ABC de 1940 con las listas completas de nombres y apellidos de los fusilados por la República.
«Luego dicen que no hubo homenaje para ningún bando», comenta mientras repasa la hemeroteca con las fotos de gloria para los caídos del bando nacional.
La organización de Silva ha conseguido levantar miles de cuerpos de las fosas de la guerra civil sin ningún apoyo gubernamental. En su punto de mira están ahora los desaparecidos.
El juez Garzón, que siempre ha defendido la recuperación de la memoria histórica, tiene en su cajón una petición de la asociación para investigar las desapariciones en España.
Son historias de fusilados como Félix Becerra, Joaquín Lamiel, Joan Moner, Antonio Gea y demás republicanos desconocidos cuyos descendientes, 72 años después, se siguen sintiendo vencidos.
La Generalitat ya puede dignificar la memoria de los represaliados
Las víctimas del franquismo piden para España una Ley de Fosas como la de Cataluña
ELPLURAL.COM/11-04-2008
La ley catalana de fosas comunes es un ejemplo a seguir para toda España. Al menos así lo entienden los miembros de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica y las víctimas del franquismo, que ven las actuaciones de la Generalitat como un ejemplo a seguir a la hora de aplicar la Ley de Memoria Histórica. Y es que, según recoge Público, la aplicación de la ley de fosas ha sido “un alivio” para miles de personas que han dedicado su vida a conseguir una lápida para sus familiares fusilados.
La Ley de Fosas Comunes establece que una administración pueda dignificar la memoria de las víctimas de la represión. Es por ello que en el resto de España las víctimas están exigiendo al Gobierno que se apliquen medidas similares a las emprendidas en Cataluña.

Los ancianos, beneficiados

Los principales beneficiados del impulso de una ley de fosas comunes son los ancianos, que durante años han tenido a sus familiares enterrados en lugares donde ni siquiera se podía tener una lápida que los identificase. A partir de ahora, sin embargo, podrán recordar a sus familiares identificando sus sepulturas.

Con vinculación gubernamental

En Cataluña no se ha abierto ninguna fosa de soldados republicanos hasta ahora. Según el presidente de la Asociación para la Memoria Histórica de Catalunya, Manel Perona, “no hemos querido hacer nada sin la vinculación al gobierno”. Además, la asociación se encontró con diversos obstáculos políticos a la hora de abordar la dignificación de las fosas. Sobre todo debido a la insistencia de la derecha en evitar que se removiese el pasado.

Labor de la ARMH

La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica ha lamentado que la ley de la Memoria haya dejado las cosas tal y como estaban, según sus propias palabras. Continúan trabajando con voluntarios, especialistas forenses y expertos paleontólogos contratados por la asociación. Hasta la fecha, sin embargo, la ARMH ha conseguido levantar miles de cuerpos de las fosas de la Guerra Civil de 1936 sin apoyo estatal.

«LA VERSIÓN OFICIAL FRANQUISTA SIGUE PRESENTE EN LOS LIBROS DE TEXTO»
nadaLa escritora Almudena Grandes ha asegurado hoy que la versión oficial franquista sobre la Segunda República y la Guerra Civil española, después de 30 años de democracia, sigue estando presente en los libros de texto de los centros de enseñanza.

Terra Actualidad/EFE/
4-04-2008

Grandes ha hecho estas declaraciones durante la conversación que ha mantenido hoy en el Palacio de Carlos V de Granada con el hispanista Paul Preston, en el marco del Hay Festival Alhambra.

La autora de ‘El corazón helado’ ha puesto como ejemplo el libro de historia de su hija de doce años, en el que ha tenido ocasión de comprobar cómo la República ‘se define con dos líneas como una época de gran brillo cultural y avances sociales pero con muchas tensiones y problemas’ y ‘en el siguiente párrafo pone que la Guerra Civil puso fin a la República e instauró el franquismo, punto y final’.

No obstante, para Grandes, el ‘problema’ no es tanto el espacio que se dedica a estos dos capítulos de la historia de España, sino que ‘después de 30 años de democracia, la República aparece como causa de la Guerra Civil y no como víctima’.

‘No se trata de engordar los textos, sino de contar las cosas como fueron en realidad, o sea, el alzamiento no fue tal, sino un golpe de estado y la República fue la víctima y no la causa de la Guerra Civil’, ha afirmado.

Según la novelista, ‘cualquier narrador que sea capaz de ponerse de puntillas y mirar dos milímetros por encima de la versión oficial, lo que se encuentra es un filón de historias tan maravilloso que yo no acabo de comprender que no se explote más sistemáticamente o que directamente no se haya explotado todavía’.

La Segunda República y la Guerra Civil constituyen, para Grandes, ‘una historia fabulosa, porque de alguna manera son dos de los grandes momentos de la humanidad, por eso no se acaban nunca y se pueden volver a visitar y a escribir sobre ellos, porque no era sólo la Guerra de España, sino el primer peldaño de la lucha contra el fascismo en el mundo y, para España, la Segunda República fue una oportunidad milagrosa’.

La escritora ha confesado que la recuperación de la memoria histórica es algo que ha estado presente en ella desde que tenía apenas doce o trece años, ‘desde que entendí que la vida de mi generación se parece más a la de mis abuelos que a la de mis padres’ y en este sentido ha afirmado que ‘uno de los mayores crímenes del franquismo fue cortar los hilos de la memoria en España’.

Por ello, ha dicho que su última obra, ‘El corazón helado’, ha supuesto para ella ‘afrontar de cara un tema que, aunque siempre ha estado presente, he tratado de forma secundaria en todas mis novelas’.

Paul Preston, por su parte, ha explicado que en su último libro, ‘Idealistas bajo las balas’, ha querido rendir un homenaje a aquellos corresponsales extranjeros que cubrieron la Guerra Civil ‘que, aunque neutrales en un principio, vieron enseguida que era una guerra universal, en la que se luchaba por la suerte de la democracia universal’.

‘Ellos pensaron que su deber era transmitir que si no ganaba la República, esos mismos bombardeos que sufrió con estoicismo el pueblo español se repetirían luego en el resto de Europa, como así ocurrió’, ha añadido.

Preguntado por si se puede relatar la Guerra Civil española de una forma objetiva, Preston ha recordado una frase de la mujer de Hemingway, Martha Gellhorn, quien dijo: ‘no me hables de esa mierda de la objetividad, o se cuenta la verdad o no se cuenta nada’.

‘Y es verdad, no se puede hablar de la misma forma del asesino que del asesinado’, ha dicho Preston, para quien ‘no hay historiador válido que no tenga su propio sentido ético’.

La visita de la Presidenta y Vicepresidenta de DIME al cementerio de La Puebla de Cazalla ha sido un emotivo encuentro con Mari Carmen España, que se encuentra trabajando a pie de fosa junto con el equipo Aranzadi. Una enorme zanja, profunda como los sentimientos de Mari Carmen y estas dos mujeres que llevan años luchando por conseguir lo que ahora vemos en La Puebla de Cazalla, dejan ver los cráneos de aquellos hombres y mujeres que fueron asesinados.El equipo Aranzadi sabe que aquí no sólo se recuperan huesos, en cada fosa se recuperan abuelos y padres, se les honra con el mimo con que se separa la tierra que los envuelve, con las lágrimas que derramamos sus hijos y nietos.